El Tribunal de Cuentas, por ser un órgano de control administrativo con funciones jurisdiccionales, es el encargado de examinar las cuentas de percepción e inversión de las rentas públicas, tanto provinciales como municipales. Para el cumplimiento de tal cometido ha distribuido en distintas vocalías los entes a fiscalizar de acuerdo a sus características y a ello ha adaptado el procedimiento aplicable. Por ejemplo, en la Vocalía de Administración Central, encargada del estudio de las cuentas de los otros Poderes (Legislativo y Judicial), Ministerios, Gobernación, Organismos de la Constitución, se realiza un plan de fiscalización anual que se lleva a la práctica a través de actas mensuales de avance de las tareas de auditoria. Las mismas, consisten en un análisis de los estados de ejecución del cálculo de recursos y su financiamiento, estados de ejecución del presupuesto de erogaciones, estados de evolución de los residuos pasivos, con y sin libramientos, estados de ejecución de la planta de personal, estados de ejecución de gastos por cuenta de terceros, estados de ejecución de cuentas varias, estados de movimiento de fondos y estados de movimientos patrimoniales, verificando los mismos con la documentación respaldatoria que debe ser presentada por las Direcciones de Administración a la Contaduría General de la Provincia y remitidas posteriormente al H. Tribunal de Cuentas. Se adjunta copia de la acordada que establece este sistema, un plan de fiscalización elaborado para el ejercicio 1996, un acta de fiscalización y de los estados respectivos. En lo referente a la Vocalía Reparticiones Autárquicas que tiene a su cargo el análisis de las cuentas de organismos descentralizados y entes especiales del ámbito provincial e interprovinciales, la base del estudio es la realización de las verificaciones y auditorías en las propias oficinas administrativas, con una periodicidad semanal, dejando constancia de las observaciones mediante actas de verificación, que se sintetizan en el informe final del Relator, base para la elaboración del fallo respectivo. El caso de las Vocalías de Municipalidades presenta una innovación a partir de la creación de las Delegaciones Zonales ubicadas en el ámbito de la Provincia de Bs. As., cada Delegación atiende un número determinado de municipios, realizando la tarea en la propia comuna por intermedio de un Relator Contador (Senior) y un Oficial Mayor de Estudio Contador (Junior), que realizan auditorías mensuales a las distintas dependencias, dejando constancia en actas de las observaciones que puedan surgir y mensualmente confeccionando un informe de avance sobre la situación de la comuna. El Delegado anualmente eleva un informe sobre el estudio practicado, con sus conclusiones, donde refleja las observaciones formuladas durante el ejercicio, que sirve de base para la determinación a que arriba el Relator interno y que posteriormente concluye con el juicio de cuentas que se expresa en un fallo, lo que es común al resto de las vocalías. |